FALLO TRIBUNAL DE DISCIPLINA nro. 23/19.-

FALLO TRIBUNAL DE DISCIPLINA nro. 23/19.

TRELEW (CH).- 26 de julio de 2019.

VISTO: 

            Los informes de los árbitros con relación a una nueva fecha del torneo oficial organizado por la Liga de Futbol Valle del Chubut, en la que se enfrentaron clubes de primera, reserva, inferiores, infantiles y futbol femenino

CONSIDERANDO:

            Que de los mismos, se desprenden conductas que se encuentran contempladas en el Reglamento de Transgresiones y penas,

POR ELLO:

El Tribunal de Penas, en uso de sus facultades;

R  E  S   U  E  L  V  E:

RESERVA:

Artículo 1ro.- SANCIONAR a los siguientes jugadores: 

1°.- AXEL MONTESINO, DNI. Nro. 39.443.372, del Club EVER READY con UNA FECHA DE SUSPENSIÓN por infracción al Art. 186 y 197 del R.T.P. 

2°.- ARIEL LINCOÑIR, DNI. Nro. 38.300.169, del Club EVER READY con UNA FECHA DE SUSPENSIÓN por infracción al Art. 201 Inc. B punto 4 del R.T.P. 

3°.- EROS JARA, DNI. Nro. 42.970.014, del Club RACING con UNA FECHA DE SUSPENSIÓN por infracción al Art. 202 Inc. B del R.T.P. 

 

INFERIORES:

Artículo 2do.- VISTO la nota presentado por el Señor David Bouquet, ejerciendo su derecho a defesa respecto a la sanción que le fuera aplicada mediante fallo del Tribunal de Disciplina. Que se tiene en cuenta los fundamentos esgrimidos por el sancionado y se recibió información respecto a hecho ocurrido. 

Que resulta de aplicación la disminución de penas dispuesto para este torneo que finalizada. 

POR ELLO SE RESUELVE: modificar la sanción que le fuera impuesta al causante, quedando redactado de la siguiente manera. 

SANCIONAR al Sr. DAVID BOUQUET, en su carácter de director técnico del Club EVER READY, TREINTA Y CINCO DIAS DE SUSPENSIÓN (5 SEMANAS) por infracción a los Arts. 184 y 260 del R.T.P., que se computan desde la fecha del fallo anterior. (FALLO 22/19 DEL 19-07-19).

 

DIVISION FUTBOL FEMENINO:

Artículo 3ro. VISTO y ateto a que se encontraba pendiente de resolución por fallo anterior el resultado del cotejo que disputaron los clubes EVER READY y ALUMNI, división futbol FEMENINO en fecha 07/07/19. Que el árbitro había suspendió el partido por el club local no presentó personal habilitado para atención RCP. 

Que habiendo corroborado que efectivamente y mediante BOLETIN OFICIAL nro. 22/18 los clubes a través de sus delegados fueron notificados de la obligatoriedad con contar con personal habilitado y con curse de RCP. 

Que atento a ello y lo dispuesto el Reglamento de Transgresiones y penas, corresponde DAR POR PARTIDO PERDIDO AL CLUB EVER READY, división femenina, y otorgar GANADOR LA CLUB ALUMNI, obteniendo los puntos correspondientes, y registrando como resultado el 0 a 1 (Art. 152R.T.P.)

 

Artículo 4to.- Regístrese, Notifíquese, Publíquese y ARCHIVESE.-

 

Dr. Manuel CIMADEVILLA.  Presidente.

Dr. Martin MEZA. Vocal.

Sr. José Rubén SANTILLAN. Secretario.

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