FALLO TRIBUNAL DE DISCIPLINA nro. 07/19.-

FALLO TRIBUNAL DE DISCIPLINA nro. 07/19.-

TRELEW (CH).- 23 de abril de 2019.

VISTO:

El informe del árbitro con relación al partido disputado en la ciudad de Puerto Madryn entre Alumni y Brown, por una nueva fecha del torneo oficial organizado por la Liga de Futbol Valle del Chubut, y las notas presentadas por ambas instituciones,

CONSIDERANDO:

Que de los mismos, se desprenden conductas que se encuentran contempladas en el Reglamento de Transgresiones y penas,

POR ELLO:

El Tribunal de Penas, en uso de sus facultades;

R  E  S   U  E  L  V  E:

PRIMERA DIVISION:

Artículo 1ro.- VISTO el informe del árbitro del encuentro que disputaban los clubes ALUMNI y G. BROWN, en Primera División, en fecha 16/04/19 en cancha de Alumni. Que informa que el partido fue suspendido cuando finalizaba en primer tiempo debido a que la parcialidad del club local, o sea Alumni, produjeron desordenes y arrojaron elementos contundentes (piedras y envases con líquidos).

Que se ha recibido nota firmada por el árbitro, los asistentes y el Jefe policial del operativo, en donde concuerdan que por razones de seguridad tanto para la terna arbitral como para los jugadores participantes, en partido debía ser suspendido, procediendo de esa mantera al finalizar el primer tiempo por haberse producido el desorden.

Que se recibió nota del Presidente del club ALUMNI, informando haber formalizado la contratación de los servicios de Policía Adicional para la seguridad del encuentro, y que de igual manera se produjeron los desórdenes, y en razón de ello solicita la atenuación de las medidas disciplinarias que pudieren corresponderle a la institución.

Que mediante otra nota el Club Alumni solicita la continuidad del partido disputando el segundo tiempo.

Que también resulta de aplicación en la presente la disminución de penas en el presente torneo oportunamente dispuesto.

Que en razón de los hechos acontecidos corresponde resolver y aplicar las sanciones correspondientes por haber constatado infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas:

Punto 1ro.-  SANCIONAR al jugador MATIAS CUPAYOLO, DNI. Nro. 40.877.355, del Club GUILLERMO BROWN, con DOS FECHAS DE SUSPENCION por infracción a los Arts. 200 Inc. A punto 1 del R.T.P.

 

Punto 2do.- SANCIONAR al Club ALUMNI, con APERCIBIMIENTO POR ESTA OPORTUNIDAD y con MULTA en dos (2) fechas con cincuenta (50) V.E (valor entrada) en cada una de ellas, por infracción al Art. 80 Inc. A , B, y C del R.T.P.,

 

Punto 3ro.- DAR por finalizado el encuentro entre el Club Alumni y Brown. Declarar PARTIDO PERDIDO al Club ALUMNI (ART. 80 últimos párrafos) por los considerados expresados. OTORGAR los tres puntos al Club BROWN, manteniendo el resultado de 0 a 1 obrante en planilla. (Art. 152 R.T.P.)

 

Artículo 2do.- Regístrese, Notifíquese, Publíquese y ARCHIVESE.-

 

Dr. Manuel CIMADEVILLA.  Presidente.

Dr. Martin MEZA. Vocal.

Sr. José Rubén SANTILLAN. Secretario.

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